EL DERECHO EN LA CLONACION

En los últimos años, el tema de querer “inmortalizar” a los artistas famosos, políticos, estrellas de cine, etc. El medio de la clonación ha ocasionado mucha controversia. Los que muestran su conformidad con este hecho, creen que podría permitir a personas infértiles tener descendencia, reemplazar a un hijo tempranamente muerto, crear a un individuo netamente igual a otro. En cambio los que están en desacuerdo con este acto, argumentan una perspectiva que este hecho va en contra del sentido común y afirman que viola los derechos fundamentales del ser humano y arriesga la vida del embrión. En tal sentido la clonación no debe realizarse, es absurdo pensar en la creación de seres humanos idénticos con la finalidad de inmortalizarlos o plantearsela como única solución a la infertilidad.

La posibilidad de clonación en seres humanos no debe ser aceptada, puesto que este acto estaría en contra de los derechos y de la misma manera en contra de la vida procreativa. La palabra clonación significa “división o aislamiento”, entonces se puede decir que es un procedimiento científico que consiste en tomar el material genético de un organismo para obtener otro idéntico. Es una ofensa a la dignidad del ser humano y una aberración antropológica, dado que el hombre debe procrearse por métodos naturales. También es necesario aclarar que los investigadores en este caso no tienen nada definido, porque una persona puede ser igual físicamente, pero no intelectualmente. Asimismo el motivo también está en querer minimizar las enfermedades, pero hasta ahora no está demostrado.

Aun así existen unos argumentos que defienden la práctica de la clonación, una de ellas es comó solución a la infertilidad, que consiste básicamente en asistir a personas con carencia de gametos viables. Existe un número elevado, de personas con problemas de reproducción, según la definición de infertilidad que se utilice, en este caso – imposibilidad de concebir después de 12 meses de acto sexual sin protección-, y la única posibilidad de tener hijos propios sería la clonación.

Sin embargo, los argumentos de tales autores se olvidan de ofrecer razones de por qué la solución de la infertilidad es un argumento concluyente a favor de la clonación y hasta que se ofrezcan dichas razones este argumento está lejos de resultar convincente. Además, si la preocupación en este caso fuera la de solucionar la infertilidad, entonces hay muchas otras formas, posiblemente más efectivas que la clonación, para resolver el problema. Al enfatizar soluciones tecnológicas, los que se encuentran a favor de la clonación pueden enmascarar el hecho de que las causas de infertilidad son prevenibles, como evitar determinadas prácticas sexuales, anticonceptivas y médicas, así como también contaminantes ambientales y ciertos conservantes alimenticios.

En conclusión, la clonación en el mundo no debe realizarse, ya que es una ofensa a la dignidad del ser humano y una aberración antropológica. Además, es un procedimiento que generaría riesgos sobre la vida del ser humano. A esto se suma, el problema de infertilidad, que sería uno de los argumentos que defienden la clonación, sin embargo no son lo suficientemente convincentes. Por ello, la clonación no debe practicarse, mucho menos legalizarse, pues afecta a la vida de las personas y a sus derechos.

Isabel Lacruz Albás

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